Con la reforma al Código Penal ya no se criminaliza a la mujer por interrumpir el embarazo

El aborto, un derecho negado a mujeres es causa de muerte materna en Guerrero

Para las colectivas y activistas feministas el siguiente paso es lograr la legalización del aborto en Guerrero, pero surge la interrogante, ¿cuál es la diferencia entre despenalizar y legalizar el aborto?


Texto: José Miguel Sánchez

Fotografía: Oscar Guerrero / Archivo

Chilpancingo

 

Con la reforma al Código Penal que aprobó el Congreso y que ya fue publicado en el Periódico Oficial, ninguna mujer puede ser procesada penalmente por interrumpir el embarazo solo hasta 12 semanas de gestación pero falta legalizar el aborto, coinciden un abogado penalista y una abogada feminista.

Para las colectivas y activistas feministas el siguiente paso es lograr la legalización del aborto en Guerrero, pero surge la interrogante, ¿cuál es la diferencia entre despenalizar y legalizar el aborto?

Amapola periodismo consultó a una abogada feminista y un abogado penalista para explicar los claroscuros de las reformas al Código Penal en materia de aborto, y explicar la diferencia entre despenalización y legalización y por qué la confusión entre ambos términos.

“La despenalización atiente a sacar el aborto del Código Penal, que no sea un delito y que no se criminalice a la mujer por tomar esa decisión”, explica Angie de la Rosa Palafox, abogada e integrante de la Red Guerrerense Contra la Violencia hacía la Mujer.

El abogado Valentín Sandoval considera que la interrupción del embarazo continúa siendo un delito que, aún con las reformas al Código Penal, es penado por la ley, solo que ahora será después de las 12 semanas de gestación y con pena para la persona que sin el consentimiento de la mujer le practiquen un aborto.

Valentín Sandoval explicó que anteriormente el Código Penal castigaba penalmente a todas las personas implicadas en un aborto, desde la madre, al médico, enfermero o partera que lo realizaba, salvo algunas excepciones que eran por violación o que esté en riesgo la vida de la madre o del futuro bebé.

Ahora el Código Penal establece que ni la mujer ni los implicados serán sancionados por practicar un aborto.

“La mujer que decida interrumpir su embarazo ya podrá hacerlo sin responsabilidad penal alguna”, explica.

La reforma al Código Penal entró en vigor el pasado 20 de mayo cuando fue publicada en el Diario Oficial del estado y generó dudas y controversias acerca de su alcance e implicaciones en la población guerrerense, mientras que figuras públicas y religiosas como Provida han generado comentarios controversiales.

 Es el caso del obispo de la Diócesis Chilpancingo – Chilapa, José de Jesús González Hernández, que el pasado 22 de mayo durante su sermón dominical en la catedral de Chilapa, dijo que el aborto aún no está legalizado y que la iglesia tiene que luchar para que eso no suceda.

Valentín Sandoval considera que el obispo no está en un error, ya que a pesar que se despenalizó la práctica de abortar, no existe aún una normativa o marco legal para que las mujeres que decidan interrumpir su embarazo puedan hacerlo con seguridad.

Esa situación habré otra posibilidad necesaria para las activistas feministas, De la Rosa Palafox considera que el siguiente paso es lograr la legalización del aborto.

“En un estado ideal basta con la despenalización, pero no estamos en un estado ideal, por lo que la despenalización es solo un paso para lograr la legalización”, comentó De la Rosa Palafox.

¿Qué es la Legalización?

“La legalización tiene que ver con generar un marco jurídico que garantice a las mujeres un aborto seguro y gratuito, que haya médicos especializados, equipo, y materiales con el fin que no haya excusa para que no le practiquen el aborto a una mujer en el sector público”, explica De la Rosa Palafox.

Lograr la legalización implica una serie de reformas a la Ley Número 1212 de Salud del Estado de Guerrero que permita un marco jurídico que brinde certeza y seguridad a las mujeres que decidieron practicarse un aborto.

Esas reformas a la Ley de Salud permitirán que cualquier mujer que decida abortar pueda hacerlo en el hospital o centro de salud público más cercano sin costo alguno, y destinar una serie de recursos económicos para que los sistemas de salud pública brinden un aborto seguro y gratuito a todas las mujeres.

Los artículos que se reformaron del Código Penal del estado fueron el 154, 155,  156, 157 y el 159, el 158 fue derogado y respondieron a una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) donde determinó inconstitucional sancionar penalmente a la mujer o persona gestante que decide interrumpir su embarazo.

También esta reforma fue derivada de dos alertas de género que emitió la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) que se emitieron durante el gobierno anterior del entonces gobernador Héctor Astudillo Flores.

 

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