Critican daño ambiental y a competencia, pero votos en SCJN no alcanzan a anular ley eléctrica de AMLO

Ningún artículo, párrafo o fracción alcanzó a ser declarado inconstitucional por la SCJN, pero ministros criticaron que la LIE afecta la competencia y al medio ambiente.


Texto: León Ramírez / Animal Político 

Fotografía: Facebook Suprema Corte de Justicia de la Nación 

8 de abril de 2022

 

No la declararon inconstitucional, en ninguno de los artículos que se discutieron se alcanzaron los 8 votos requeridos. Sin embargo, en el tan esperado debate en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tampoco hubo un aval o un respaldo mayoritario hacia el contenido de la ley de la industria eléctrica (LIE) que impulsó y aprobó el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, en 2021.

De hecho, la mayoría de los ministros expresó críticas hacia puntos esenciales de la reforma, y en general a la narrativa del gobierno en el debate eléctrico, señalando en distintos momentos que va en detrimento de la competencia, y de la generación de energía con fuentes limpias.

Si bien no se declaró la inconstitucionalidad, la LIE del López Obrador seguirá enfrentando los amparos que han frenado su implementación, ahora ya tomando en cuenta argumentos vertidos por ministras y ministros este jueves 7 de abril.

Y además se estará a la expectativa de la iniciativa de reforma constitucional, la otra vía del presidente para lograr su meta eléctrica de fortalecer a la CFE, aunque la oposición ha adelantado su rechazo.

“Es de celebrar la decisión de los ministros de @SCJN que votaron por mantener la constitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica del presidente @lopezobrador_. La historia juzgará a quienes traicionen a la patria y los intereses del pueblo”, escribió en Twitter el vocero de la presidencia, Jesús Ramírez Cuevas.

Otros funcionarios y partidarios del gobierno también celebraron lo ocurrido, aunque, por otro lado, voces de ambientalistas y ONG criticaron que mantener vigente la LIE va en contra de la generación de energía limpia. El embajador estadounidense, Ken Salazar, anticipó litigios sin fin, y que la LIE siga generando incertidumbre, y obstruyendo la inversión.

Pero, ¿qué fue lo que se debatió y se decidió en los dos días de debate de la Corte? Aquí el detalle:

Orden de despacho

El orden de despacho es uno de los puntos clave tanto de la Ley de la Industria Eléctrica como de la Reforma Energética que propone López Obrador, la cual se debatirá en el congreso a partir de la próxima semana.

Según el modelo establecido en la reforma de 2013, a la red se va inyectando la energía generada por las centrales con menor costo –normalmente energías renovables–, para luego darle paso al de mayor costo de generación, hasta cubrir la demanda. Esto, considerando a generadores privados y a la generación de la CFE.

Pero las modificaciones propuestas por López Obrador buscan fijar de antemano un “orden de despacho” en el que siempre se consuma primero la electricidad de las plantas de CFE, sin importar si tiene un costo de producción más elevado.

Este fue el punto de mayor debate en el pleno, sobre la LIE, pues la mayoría de ministros y ministras consideró que afectaba la competitividad establecida en la Constitución.

“Considero que el sistema normativo impugnado impone una barrera a la competencia y libre concurrencia que exige el texto constitucional vigente”, comentó el ministro Luis María Aguilar.

Por su parte, la ministra Margarita Ríos Farjat consideró que no corresponde a la Corte decidir sobre la Constitución, sino analizar su normativa, y se posicionó en contra del sistema de despacho propuesto en la LIE.

“Este texto, como está, trae como consecuencia directa, y está en la exposición de motivos, la necesidad de modificar el despacho, pero no es en favor de todos los participantes, es en favor de todas las centrales públicas”, expresó desde la sesión del 5 de abril, Javier Laynez.

El presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, quien se manifestó a favor de la LIE, acusó que en la Carta Magna no se incluye el respeto al orden de despacho en el mercado eléctrico y afirmó que la competencia no es “el último fin o el único fin válido del modelo regulatorio”.

Sobre este punto, del orden de despacho, faltaron uno o dos votos para que los artículos y fracciones relacionados (4, fracción VI, 26 y 101) fueran declarados como inconstitucionales. Es decir, hasta 7 de 11 ministros rechazaron lo estipulado en la LIE.

Energías limpias

Cuando se lanzó la LIE, sus opositores la calificaron como “Ley Combustóleo” pues consideraron que el nuevo orden del despacho favorecería a las plantas de combustibles fósiles de la CFE y que se eliminarían los Certificados de Energías Limpias.

En este sentido, el presidente insiste en que su gobierno tiene un enfoque ambiental y crítica que los CEL de la LIE excluyen a la Comisión Federal, a pesar de que también genera energía limpia a través de sus centrales hidroeléctricas.

Sin embargo, como te contamos en esta otra nota, el estímulo se diseñó para impulsar plantas nuevas y limpias, sin distinguir si son de origen público o privado.

La ministra Norma Piña recalcó durante el debate del jueves que con “la modificación del orden del despacho se da prioridad al despacho de las energías fósiles”, y consideró que la LIE implica una medida regresiva ante la transición a un modelo sustentable en materia energética.

“Se relega expresamente la compra de energías limpias siempre a un lugar secundario”, señaló, haciendo referencia al artículo 4 fracción VI, el cual tampoco alcanzó los votos necesarios para ser declarado inconstitucional.

Sobre los CEL, señalados en el artículo 126 fracción II, seis ministros votaron en contra de que ampliaran sus beneficiarios, como CFE, pero de igual modo fue desestimado al no alcanzar la mayoría calificada.

“Al proponer dar Certificados de Energía Limpia (CEL) a todas las generadoras de la CFE, independientemente de su fecha de entrada en operación, se desvirtúa su utilidad para promover la transición tecnológica hacia fuentes de energía más limpias”, anticipó sobre este punto la organización México Evalúa.

Autoabasto

La figura del autoabasto, por otro lado, ha sido criticada por López Obrador y, específicamente, por el titular de la CFE, Manuel Bartlett, quienes acusan que las empresas crearon “socios de papel” a quienes les venden energía y se aprovechan de un supuesto subsidio para distribuir la energía.

Sobre esto, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica marcó en el artículo cuarto transitorio que los permisos de autoabastecimiento “obtenidos en fraude a la ley” deberán ser revocados.

En este punto, la votación favoreció a la narrativa gubernamental, pues ambos transitorios fueron considerados válidos, según el último resumen elaborado por la secretaría de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ello, al estimar que no transgreden los principios de no retroactividad y seguridad jurídica.

“Se genera incertidumbre jurídica para los permisionarios, al facultar a la CRE para revocar los permisos de autoabasto”, consideró el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO).

Tensión y confusión en el debate

La sesión sobre la LIE comenzó el 5 de abril con un breve debate sobre si la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien propuso declarar total validez de la ley, podría votar en el proyecto.

Esto porque ella como legisladora (en el periodo 2012-2015) votó en contra de la reforma energética, impulsada por el entonces presidente Enrique Peña Nieto y el bloque encabezado por el PRI.

Ante esta situación, la mayoría de los ministros —ocho— decidió que no estaba impedida, considerando que los temas correspondientes a la Cámara de Diputados no son los mismos que se plantean en las impugnaciones a la LIE.

El segundo momento de confusión sucedió cuando, durante el debate del segundo punto, el pleno se percató que el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz votó primero por validez de una norma y posteriormente por invalidez, con el argumento de que consideraba que la ley no violaba la competencia, pero sí afectaba el medio ambiente.

De haber contado su invalidez, su voto sería el octavo, el necesario para declarar inconstitucionalidad de una norma. Sin embargo, consideró que debía mantenerse separada su votación, por lo que no procedió la invalidez.

Al respecto, Gutiérrez Ortiz se justificó y se refirió a la forma en que la ministra Loretta Ortiz organizó el proyecto que se votó, sin dividir apartados para que cada artículo se discutiera en lo individual.

“La SCJN resolvió en contra de la competitividad y el medio ambiente de México”, señaló el IMCO.

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