La minera argumentó que no le permitían hacer los trabajos de restauración y ofreció un acuerdo económico 160 veces menor al último convenio de arrendamiento para el proceso de cierre. Esto evidencia que la compañía ya tenía un plan de presión por la vía legal. Los ejidatarios y parcelarios contra demandaron a la compañía
Texto y Foto: Margena de la O
Chilpancingo
Viernes 27 de junio del 2025
Desde enero pasado, dos meses antes que venciera el último convenio que firmaron con los ejidatarios y parcelarios del ejido de Carrizalillo, Eduardo Neri, por la renta de sus tierras para la explotación de oro, la empresa minera Equinox Gold empujaba una demanda agraria contra los dueños de las tierras para imponerles un proceso de restauración por un pago casi simbólico.
La demanda contra los ejidatarios y parcelarios, sustentada en que no le permitían hacer los trabajos de restauración, la presentó la empresa cuando aún mantenían las pláticas de negociación por la renovación de un nuevo contrato. Esto evidencia que la compañía ya tenía un plan de presión por la vía legal.
Pero los poseedores de la tierra de Carrizalillo reaccionaron. A estas alturas, explicó el abogado de los ejidatarios y parcelarios, Alejandro Ramos Gallegos, contra demandaron –en términos legales, reconvinieron–, para solicitar la nulidad de las notificaciones que les hicieron por la demanda, porque no cumplieron con los plazos, y la restauración, rehabilitación y compensación por el uso de sus tierras, porque muchas de ellas ya ni siquiera existen, en particular las parcelas.
La explotación minera es un proceso agresivo para el ambiente, incluida la tierra, y para la salud de los humanos, de acuerdo con la documentación hecha por Amapola, periodismo transgresor.
Ramos Gallegos mencionó que el proceso de cierre y saneamiento de las tierras, lo cual les puede llevar más de 10 años, es una obligación que adquirió la empresa desde el momento en que comenzó a explotar las tierras del ejido de Carrizalillo, porque así lo establecen la normas mexicanas de protección al medio ambiente y son parte de los derechos de los ejidatarios asentados en los convenios.
Explicó que en enero pasado, la empresa demandó por separado ante el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 12, de Chilpancingo, a los ejidatarios, quienes son poseedores de las tierras de uso común, y a los parcelarios, de las parcelas, con el propósito de ocupar sus tierras por un tiempo determinado para iniciar la restauración de las mismas.
Así, la empresa San Luis SA de CV, subsidiaria de Equinox Gold, daba por terminada la etapa de explotación y arrancaría el proceso de cierre y post cierre de la explotación minera.
Los ejidatarios comenzaron a recibir las notificaciones el 5 de marzo de la demanda que les interpusieron de enero. Esas notificaciones, explicó el abogado, debieron recibirlas mínimo 45 días antes de que terminara el último convenio y no cumplieron, por esa razón piden su nulidad.
La empresa ofreció para los 175 ejidatarios con derecho en las tierras de uso común, basado en un peritaje del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (Indaabin), un millón 803 pesos por el uso de sus tierras para el proceso de cierre.
El último convenio de arrendamiento que los ejidatarios tenían con la empresa venció el 31 de marzo pasado. Al día siguiente, después de no llegar a acuerdos para renovar el contrato, junto a los parcelarios comenzaron un plantón en el camino que conecta a Mezcala con Carrizalillo, para impedir que la minera siguiera con sus actividades.
El ofrecimiento económico que la empresa hizo a los ejidatarios en la demanda, con la que pidió medidas cautelares para iniciar el proceso de cierre, es 160 veces menor a la cantidad establecida en el último convenio de arrendamiento.
De acuerdo con la versión del abogado, el magistrado del Tribunal Unitario Agrario estableció que no era posible el monto que planteaba la minera para esta fase porque se trataba de un contrato de arrendamiento y debía pagar lo mismo que el año pasado. “Independientemente de que vayan hacer con la tierra, si van a explotar o restaurarla, la empresa está obligada a pagar el mismo monto por la renta de la tierra”, agregó.
A la vez, la empresa presentó también demanda contra los parcelarios por los contratos individuales que pactó con ellos. Son poco más de 120 parcelarios.
Todos acudieron a sus audiencias para contestar la demanda y ofrecer pruebas. Las últimas fueron de parcelarios y ocurrieron del 16 al 19 de junio pasado.
El abogado aclaró también que el peritaje del Indaabin que ofreció la empresa es lo mínimo que pueden establecer por el uso de la tierra, pero en este caso “es una renta de la tierra y el código civil federal establece muy claramente, mientras haya un contrato de arrendamiento, la parte obligada debe cumplir con el pago”.
Ahora están en el proceso de contrademanda donde establecen que el proceso de cierre debe ocurrir en los mismos términos de arrendamiento que en el proceso de explotación.
El abogado hizo notar que hubo un acto premeditado de la empresa minera en su actuar ante el Tribunal Unitario Agrario, porque la demanda contra los dueños de la tierra de Carrizalillo la interpuso en enero, en medio de las pláticas de negociación entre las partes. Es decir, de manera oficial, discutían aún si renovaban o no el contrato de arrendamiento, cuando San Luis SA de CV ya actuaba por la vía jurídica.
“Había una intención de demandar y sobrellevar el asunto”, mencionó el abogado.
Los ejidatarios y parcelarios mantiene el plantón y movimiento de presión contra la minera por dos escenarios: acordar un nuevo convenio de arrendamiento de tierras para la explotación de oro por un monto que convenga a ambos grupos o por la restauración, rehabilitación y compensación de sus tierras.