Un juez ordena a la SEP y a Salud aplicar protocolos anticovid en escuelas; advierte que no hubo un regreso seguro a las aulas

El Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México determinó que el gobierno federal no garantizó las condiciones para un regreso seguro en este ciclo escolar, por lo que ahora le ordena tomar medidas.


Texto: Dalila Sarabia / Animal Político 

Fotografía:

8 de junio de 2022

 

Luego de considerar que la Secretaría de Educación Pública (SEP) no garantizó las medidas sanitarias necesarias para que los alumnos volvieran a las escuelas en total seguridad para el ciclo escolar 2021-2022, el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México ordenó a la dependencia y a la Secretaría de Salud (SSa) que implementen todas las medidas que garanticen que los planteles del país sean seguros frente a la emergencia sanitaria que aún se vive.

“Lo anterior porque dichas autoridades no ejercieron sus facultades para que el regreso a clases presenciales iniciado el año pasado fuera lo más seguro posible, violando así los derechos a la educación y a la salud de las niñas, niños y adolescentes (NNA) que asisten a la escuela”, señaló Mexicanos Primero en un comunicado publicado este martes.

Entre las medidas que ambas dependencias deberán poner en marcha a la brevedad está la emisión de un protocolo sanitario que distinga claramente entre recomendaciones y lo que es de aplicación obligatoria para las escuelas, así como que hagan disponibles todos los insumos necesarios para la prevención de contagios, sin costo alguno para las comunidades escolares.

“Ello, establece el juzgador, dado que no asumieron su responsabilidad como autoridades máximas en materia educativa y salubridad, respectivamente, no establecieron medidas de prevención obligatorias en las aulas y, en muchos casos, delegaron en las mismas comunidades escolares la procuración de cubrebocas, sanitizantes, termómetros y demás insumos, situaciones que esta sentencia manda corregir”, señaló la organización.

Respecto del protocolo sanitario, este deberá ser elaborado por expertos de la SEP y la SSa y debe recoger las opiniones y experiencias de las autoridades educativas locales y otros integrantes del Sistema Educativo Nacional.

En las últimas semanas, la SSa ha reportado un incremento en los casos activos y positivos de COVID-19.

De acuerdo con el reporte técnico que emitió ayer, en una semana se detectaron 18 mil casos de COVID-19, por lo que la estrategia de comunicación cambiará y a diario —ya no semanalmente— se estará informando sobre la evolución de la pandemia.

“Lo que está sucediendo en distintas entidades del país no es cosa menor: los contagios en escuelas están poniendo en riesgo nuevamente la continuidad de la presencia de niños, niñas y adolescentes en las aulas. Esto, por supuesto, vulnera el ejercicio de su derecho a aprender, el cual ya ha sido violentado durante casi dos años de encierro”, subrayó Mexicanos Primero.


Este texto es propiedad de Animal Político y lo reproducimos con su autorización. Puedes leer el original dando click en este enlace

23 estados esperan la despenalización del aborto; con amparos, algunos apuestan por la homologación al criterio de la Corte

Mientras en nueve entidades el aborto ya se despenalizó, colectivas, organizaciones y legisladoras buscan que esto avance en el resto. Subrayan que no solo es clave evitar que esta práctica se castigue, sino garantizar que sea un servicio brindado por el sector salud.


 

Texto: Marcela Nochebuena / Animal Político 

Fotografía: Amílcar Juárez / Óscar Guerrero

23 de mayo de 2022

 

Aunque 23 estados siguen esperando por la despenalización del aborto en sus códigos penales, algunos, como Aguascalientes, Puebla y Baja California Sur, han optado por la vía del amparo para obligar a la homologación con el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJCN) que, desde 2021, declaró inconstitucional la criminalización del aborto.

Acompañados por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), otros tres estados se sumarán en las próximas dos semanas al esfuerzo por la vía del amparo, según confirmó la organización. Estos se darán a conocer una vez que la acción legal sea promovida, pues aún continúa el diálogo con las colectivas a nivel local para ver cuáles de ellas se sumarían.

“Estamos próximas a presentar amparos en otros cinco estados de la República. No se puede conocer aún cuáles, porque muchas colectivas piden tener la oportunidad de platicar entre ellas para determinar quiénes sí van con el amparo y quiénes no. En las próximas dos semanas promoveremos dos o tres más, para después completar cinco”, aseguró Melissa Ayala, coordinadora del área de Documentación y Litigio de Casos de GIRE.

Esto, a raíz de la determinación de la SCJN del 7 de septiembre de 2021, mediante la cual resolvió por unanimidad que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta, y se pronunció por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales.

Aunque la resolución de la Corte es un precedente para que, en adelante, ningún juez local o federal determine encarcelar a una mujer por el delito de aborto, las organizaciones y colectivas coinciden en que la despenalización a nivel local sigue siendo no solo importante, sino necesaria como paso obligado para homologar las legislaciones locales con lo determinado por la SCJN.

“Como ya dijo la Corte, la criminalización absoluta del aborto viola los derechos de igualdad, de no discriminación, de dignidad, de autodeterminación, pero es muy importante que también logremos sacar el aborto de los códigos penales, donde tiene un efecto disuasor para las mujeres: el saber que hay una posibilidad de que se les meta a la cárcel o el temor de que se les abra una carpeta de investigación o les llegue un citatorio. Lo que pasó en septiembre es histórico, pero no hay que perder de vista que es el primer paso: tenemos que sacar el aborto de los códigos penales locales porque solo así, vamos a lograr que las mujeres tengan autonomía sobre sus cuerpos y puedan decidir sin miedo”, señala Ayala.

Mientras que el martes pasado, con reformas a su Código Penal y Ley de Salud locales, Guerrero se convirtió en la novena entidad donde el aborto voluntario está despenalizado, bajo ciertas condiciones —además de la Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Baja California, Colima, Coahuila y Sinaloa—, otros estados siguen en el intento por la vía del amparo o la insistencia legislativa, incluso tras el rechazo de varias iniciativas.

Es el caso de Quintana Roo y Puebla, donde un activismo fuerte y con mucha presencia ha llevado incluso a la toma de los congresos locales, a largos procesos de iniciativas presentadas, y también a obstáculos para dictaminarlas y pasarlas a pleno.

“En el caso de Quintana Roo, ha sido un proceso muy largo, muy obstaculizado, y parte de los acuerdos fue que el pleno pudiera tomar la iniciativa, pero ya cuando se votó, no pasó. Se han presentado otras, con el apoyo del movimiento feminista, que también se han desechado, al igual que iniciativas ciudadanas”, recuerda Cristina Santana, coordinadora de la REDedefine, del Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir (ILSB).

En Puebla, por lo menos cuatro bloques de iniciativas han sido congelados o han quedado olvidados después de haberse turnado a comisiones. En otros estados, como Guanajuato, también hubo iniciativas que quedaron olvidadas; en Durango, se dio un proceso muy amplio de recolección de firmas para una iniciativa ciudadana, que después se vio obstaculizada; en Morelos, las iniciativas nunca fueron votadas; en Michoacán, aunque también se han dado, han enfrentado diversos obstáculos; en Jalisco, se presentó una que sigue en el Congreso local en espera de ser dictaminada; en Sonora, aunque existe una movilización social fuerte, no se ha reflejado en esfuerzos legislativos, y en Nayarit, apenas comienza el diálogo entre la sociedad civil y las legisladoras.

“Las despenalizaciones están avanzando en un momento muy histórico, para el que pasaron muchos años desde la despenalización de 2007 (en la CDMX) para que Oaxaca finalmente pudiera en 2019. A partir de ahí, se han acelerado y una lucha histórica que tenía décadas justo ahorita está avanzando de manera muy acelerada en toda América Latina, producto de las movilizaciones sociales que han estado exigiendo que pueda haber acceso al aborto legal, seguro y gratuito”, explica Santana.

Por eso es indispensable en este momento, añade, conversar sobre el tema, eliminar el estigma sobre el aborto y verlo como un hecho muy común en la vida reproductiva de las mujeres, que además es un tema de salud pública, justicia social y derechos humanos. Aunque cada estado enfrenta una situación política y social muy distinta, en todos ellos existen colectivos locales y movimientos feministas que trabajan e insisten en la despenalización.

“Es muy importante decir que en todos los estados hay sociedad civil organizada, colectivas locales y activistas independientes que están reclamando muy fuertemente que se pueda despenalizar y legalizar el aborto en sus estados; muchos de ellos sí han retomado las exigencias y presentado iniciativas, pero están detenidas por falta de voluntad política. Hoy estamos en otro momento en cuanto a la despenalización del aborto, porque las resoluciones que la Corte emitió el año pasado son clave para los procesos de despenalización”, añade Santana.

Sin embargo, las estrategias diferenciadas también han resultado en reformas estatales variadas, la mayoría con la consideración de 12 semanas, pero no siempre con una modificación a las leyes estatales de salud que garanticen no solo la ausencia de castigo para mujeres y personas gestantes, sino el acceso al aborto como un servicio de salud seguro y gratuito. Aun así, en los estados, no debería ser problema que primero exista una reforma al Código Penal y después a la Ley de Salud, porque la Secretaría de Salud federal ya ha emitido lineamientos técnicos para brindar el servicio, aunque no siempre se cumplen.

“Esos modelos de semanas en realidad ya son obsoletos, porque no estamos en 2007 discutiendo ese tema. La Corte ya trascendió lo de las 12 semanas; entonces, se abre la puerta a no obstaculizar por periodos. Si bien hay iniciativas que sí contemplaron la adición en las leyes de Salud, el escenario ideal es quitar el aborto del Código Penal y, como la Corte también dijo que el aborto es un derecho, dar el acceso y, en ese sentido, modificar las leyes de Salud para que se reconozca”, subraya la coordinadora de la REDefine.

En tanto, con su acompañamiento legal, el área de Documentación y Litigio de Casos de GIRE sigue en la vía de los amparos con la confianza de que en los estados donde los congresos no estén dispuestos a legislar, esta sea la opción para lograr despenalizar mediante el trabajo conjunto de colectivas y organizaciones.

Sin certezas en el nivel federal

A nivel federal, el escenario sigue siendo incierto. Aunque la despenalización en los estados es prioritaria porque el aborto generalmente es procesado como un delito del fuero común, y la acusación se hace a nivel local, sería necesario hacer cambios en la Ley General de Salud para garantizar el acceso al aborto gratuito como un servicio más, no solo por parte de las secretarías de Salud locales, sino también del IMSS y del ISSSTE.

Con este propósito, a raíz de la resolución de la Corte de septiembre de 2021, 11 senadoras de todos los grupos parlamentarios del Senado —incluidos el PAN y el PES— presentaron una iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia, la Ley General de Salud y el Código Penal Federal.

“Las reformas son para el Seguro Social y el ISSSTE. Por eso es importante, porque la Federación tiene muchos servicios hospitalarios y de atención en los estados; si se despenaliza solamente en el estado, únicamente los servicios de salud estatales, o municipales si hay, pueden brindar la interrupción legal del embarazo. Nosotros le hemos dicho al IMSS y al ISSSTE que no pueden negarse: si en el estado donde están sus clínicas está despenalizado y es un servicio de salud, lo tendrían que dar. Sin embargo, no es así, no está tan claro; a veces sí lo hacen, a veces no”, señala la senadora Patricia Mercado.

La iniciativa propuesta detalla que, como parte de las reformas a la Ley General de Salud, se agregaría un apartado que especifica: “Todas las personas e instituciones que integran el Sistema Nacional de Salud deberán brindar de manera gratuita los servicios de aborto seguro, independentiemente de si la usuaria cuenta o no con derechohabiencia, en los términos de la presente Ley y de las disposiciones reglamentarias o normativas que para tal efecto expida la Secretaría, debiendo garantizarle a la mujer embarazada o persona gestante las mejores condiciones de seguridad y calidad para la atención médica”.

Este texto es propiedad de Animal Político y lo reproducimos con su autorización. Puedes leer el original en este enlace. 

Critican daño ambiental y a competencia, pero votos en SCJN no alcanzan a anular ley eléctrica de AMLO

Ningún artículo, párrafo o fracción alcanzó a ser declarado inconstitucional por la SCJN, pero ministros criticaron que la LIE afecta la competencia y al medio ambiente.


Texto: León Ramírez / Animal Político 

Fotografía: Facebook Suprema Corte de Justicia de la Nación 

8 de abril de 2022

 

No la declararon inconstitucional, en ninguno de los artículos que se discutieron se alcanzaron los 8 votos requeridos. Sin embargo, en el tan esperado debate en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tampoco hubo un aval o un respaldo mayoritario hacia el contenido de la ley de la industria eléctrica (LIE) que impulsó y aprobó el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, en 2021.

De hecho, la mayoría de los ministros expresó críticas hacia puntos esenciales de la reforma, y en general a la narrativa del gobierno en el debate eléctrico, señalando en distintos momentos que va en detrimento de la competencia, y de la generación de energía con fuentes limpias.

Si bien no se declaró la inconstitucionalidad, la LIE del López Obrador seguirá enfrentando los amparos que han frenado su implementación, ahora ya tomando en cuenta argumentos vertidos por ministras y ministros este jueves 7 de abril.

Y además se estará a la expectativa de la iniciativa de reforma constitucional, la otra vía del presidente para lograr su meta eléctrica de fortalecer a la CFE, aunque la oposición ha adelantado su rechazo.

“Es de celebrar la decisión de los ministros de @SCJN que votaron por mantener la constitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica del presidente @lopezobrador_. La historia juzgará a quienes traicionen a la patria y los intereses del pueblo”, escribió en Twitter el vocero de la presidencia, Jesús Ramírez Cuevas.

Otros funcionarios y partidarios del gobierno también celebraron lo ocurrido, aunque, por otro lado, voces de ambientalistas y ONG criticaron que mantener vigente la LIE va en contra de la generación de energía limpia. El embajador estadounidense, Ken Salazar, anticipó litigios sin fin, y que la LIE siga generando incertidumbre, y obstruyendo la inversión.

Pero, ¿qué fue lo que se debatió y se decidió en los dos días de debate de la Corte? Aquí el detalle:

Orden de despacho

El orden de despacho es uno de los puntos clave tanto de la Ley de la Industria Eléctrica como de la Reforma Energética que propone López Obrador, la cual se debatirá en el congreso a partir de la próxima semana.

Según el modelo establecido en la reforma de 2013, a la red se va inyectando la energía generada por las centrales con menor costo –normalmente energías renovables–, para luego darle paso al de mayor costo de generación, hasta cubrir la demanda. Esto, considerando a generadores privados y a la generación de la CFE.

Pero las modificaciones propuestas por López Obrador buscan fijar de antemano un “orden de despacho” en el que siempre se consuma primero la electricidad de las plantas de CFE, sin importar si tiene un costo de producción más elevado.

Este fue el punto de mayor debate en el pleno, sobre la LIE, pues la mayoría de ministros y ministras consideró que afectaba la competitividad establecida en la Constitución.

“Considero que el sistema normativo impugnado impone una barrera a la competencia y libre concurrencia que exige el texto constitucional vigente”, comentó el ministro Luis María Aguilar.

Por su parte, la ministra Margarita Ríos Farjat consideró que no corresponde a la Corte decidir sobre la Constitución, sino analizar su normativa, y se posicionó en contra del sistema de despacho propuesto en la LIE.

“Este texto, como está, trae como consecuencia directa, y está en la exposición de motivos, la necesidad de modificar el despacho, pero no es en favor de todos los participantes, es en favor de todas las centrales públicas”, expresó desde la sesión del 5 de abril, Javier Laynez.

El presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, quien se manifestó a favor de la LIE, acusó que en la Carta Magna no se incluye el respeto al orden de despacho en el mercado eléctrico y afirmó que la competencia no es “el último fin o el único fin válido del modelo regulatorio”.

Sobre este punto, del orden de despacho, faltaron uno o dos votos para que los artículos y fracciones relacionados (4, fracción VI, 26 y 101) fueran declarados como inconstitucionales. Es decir, hasta 7 de 11 ministros rechazaron lo estipulado en la LIE.

Energías limpias

Cuando se lanzó la LIE, sus opositores la calificaron como “Ley Combustóleo” pues consideraron que el nuevo orden del despacho favorecería a las plantas de combustibles fósiles de la CFE y que se eliminarían los Certificados de Energías Limpias.

En este sentido, el presidente insiste en que su gobierno tiene un enfoque ambiental y crítica que los CEL de la LIE excluyen a la Comisión Federal, a pesar de que también genera energía limpia a través de sus centrales hidroeléctricas.

Sin embargo, como te contamos en esta otra nota, el estímulo se diseñó para impulsar plantas nuevas y limpias, sin distinguir si son de origen público o privado.

La ministra Norma Piña recalcó durante el debate del jueves que con “la modificación del orden del despacho se da prioridad al despacho de las energías fósiles”, y consideró que la LIE implica una medida regresiva ante la transición a un modelo sustentable en materia energética.

“Se relega expresamente la compra de energías limpias siempre a un lugar secundario”, señaló, haciendo referencia al artículo 4 fracción VI, el cual tampoco alcanzó los votos necesarios para ser declarado inconstitucional.

Sobre los CEL, señalados en el artículo 126 fracción II, seis ministros votaron en contra de que ampliaran sus beneficiarios, como CFE, pero de igual modo fue desestimado al no alcanzar la mayoría calificada.

“Al proponer dar Certificados de Energía Limpia (CEL) a todas las generadoras de la CFE, independientemente de su fecha de entrada en operación, se desvirtúa su utilidad para promover la transición tecnológica hacia fuentes de energía más limpias”, anticipó sobre este punto la organización México Evalúa.

Autoabasto

La figura del autoabasto, por otro lado, ha sido criticada por López Obrador y, específicamente, por el titular de la CFE, Manuel Bartlett, quienes acusan que las empresas crearon “socios de papel” a quienes les venden energía y se aprovechan de un supuesto subsidio para distribuir la energía.

Sobre esto, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica marcó en el artículo cuarto transitorio que los permisos de autoabastecimiento “obtenidos en fraude a la ley” deberán ser revocados.

En este punto, la votación favoreció a la narrativa gubernamental, pues ambos transitorios fueron considerados válidos, según el último resumen elaborado por la secretaría de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ello, al estimar que no transgreden los principios de no retroactividad y seguridad jurídica.

“Se genera incertidumbre jurídica para los permisionarios, al facultar a la CRE para revocar los permisos de autoabasto”, consideró el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO).

Tensión y confusión en el debate

La sesión sobre la LIE comenzó el 5 de abril con un breve debate sobre si la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien propuso declarar total validez de la ley, podría votar en el proyecto.

Esto porque ella como legisladora (en el periodo 2012-2015) votó en contra de la reforma energética, impulsada por el entonces presidente Enrique Peña Nieto y el bloque encabezado por el PRI.

Ante esta situación, la mayoría de los ministros —ocho— decidió que no estaba impedida, considerando que los temas correspondientes a la Cámara de Diputados no son los mismos que se plantean en las impugnaciones a la LIE.

El segundo momento de confusión sucedió cuando, durante el debate del segundo punto, el pleno se percató que el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz votó primero por validez de una norma y posteriormente por invalidez, con el argumento de que consideraba que la ley no violaba la competencia, pero sí afectaba el medio ambiente.

De haber contado su invalidez, su voto sería el octavo, el necesario para declarar inconstitucionalidad de una norma. Sin embargo, consideró que debía mantenerse separada su votación, por lo que no procedió la invalidez.

Al respecto, Gutiérrez Ortiz se justificó y se refirió a la forma en que la ministra Loretta Ortiz organizó el proyecto que se votó, sin dividir apartados para que cada artículo se discutiera en lo individual.

“La SCJN resolvió en contra de la competitividad y el medio ambiente de México”, señaló el IMCO.

Personas trans podrán tramitar nueva acta de nacimiento antes de cumplir 18 años, determina la Corte

Texto: Animal Político

Fotografía: José Luis de la Cruz / Archivo

4 de marzo de 2022

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este jueves la exigencia de tener 18 años cumplidos para solicitar una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género autopercibida de las personas trans.

Las y los ministros de la corte invalidaron el artículo 875 Ter, fracción II del Código Civil de Puebla, que exige tener 18 años cumplidos para solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento, por violar el derecho a la identidad de género de las infancias y adolescencias trans.

La Corte sostuvo que la norma vulnera el derecho a la igualdad y no discriminación de las personas menores de edad trans, por lo que declararon la inconstitucionalidad de la norma impugnada por unanimidad de once votos.

La Corte sostuvo que la norma vulnera el derecho a la igualdad y no discriminación de las personas menores de edad trans, por lo que declararon la inconstitucionalidad de la norma impugnada por unanimidad de once votos.

De acuerdo con el ministro, “la identidad de género de niños, niñas y niñes trans es tan valiosa como cualquier otra por lo que merece la misma protección constitucional”.

A través de un comunicado, la SCJN informó que la discusión de este asunto continuará durante la próxima sesión del Pleno, pues quedó pendiente la resolución de los efectos de la declaratoria de invalidez.

La acción de inconstitucionalidad 73/2021 fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez del artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil para el Estado de Puebla, adicionado mediante decreto publicado en el Periódico Oficial de la entidad el 26 de marzo de 2021.

‘Un niño nunca olvida un abuso’: piden a Suprema Corte que delitos sexuales contra menores no prescriban

Este miércoles 19, la Primera Sala de la Suprema Corte decidirá si atrae o no la discusión sobre si los abusos sexuales en contra de menores pueden prescribir.


 

Texto: Manu Urueste / Animal Político

Fotografía:

19 de enero de 2022

 

Este miércoles, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación definirá si atrae o no la discusión acerca de si los delitos sexuales en contra de menores pueden prescribir. De atraer la discusión, entonces la Corte deberá someter el asunto a una posterior revisión a fondo para emitir una postura al respecto.

La solicitud de atracción 462/2021, que fue turnada para su estudio a la ministra Margarita Ríos Farjat, surge a partir del caso de una niña de 9 años que denunció que fue víctima de abuso sexual por parte de Roberto ‘N’, director del Colegio Liceo de León, en Guanajuato.

Los abusos habrían tenido lugar entre febrero y marzo de 2018, pero debido a los impactos psicológicos que sufrió la menor, ésta no verbalizó los hechos hasta dos años después, en 2020, cuando finalmente sus padres interpusieron la denuncia ante la Fiscalía guanajuatense.

Por este caso, un juez de León giró una orden de aprehensión en contra de Roberto ‘N’, el presunto agresor. Sin embargo, la defensa de éste interpuso un amparo para tratar de evitar la detención alegando que el delito ya había prescrito.

El abogado defensor de la menor, Moisés Castillo, expuso que actualmente el Código Penal de Guanajuato prevé una pena máxima por abuso sexual de tan solo dos años. Por lo que, debido a que a la denuncia por la agresión fue interpuesta dos años después de los hechos, y la pena máxima es de dos años, el delito a perseguir ya habría prescrito. Y aunque en noviembre de 2020 se llevó a cabo una reforma al artículo 123 del Código Penal que establece que este tipo de delitos ya no pueden prescribir tampoco en el estado de Guanajuato, los hechos denunciados habrían ocurrido antes de que se llevara a cabo esa reforma. De ahí que la defensa del imputado se aferra a la caducidad del delito para evitar la detención.

Al entrar a discutir de fondo el asunto, el juez resolvió el 30 de abril de 2021 negar ese amparo argumentando que, si bien el delito había prescrito según lo establecido en el Código Penal de Guanajuato antes de la citada reforma de noviembre de 2020, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece que los delitos cometidos en contra de menores no pueden prescribir.

Sin embargo, la defensa de Roberto ‘N’ interpuso un recurso de revisión en contra de esta decisión, que le tocó analizar al Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito, mismo que el 2 de septiembre pasado decidió turnar el caso a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, que este miércoles 19 decidirá si atrae o no el asunto para su discusión.

El abogado Moisés Castillo subrayó en entrevista que aunque con la reforma reciente al Código Penal de Guanajuato el delito de abuso sexual ya no puede prescribir, es de “vital importancia” que la Suprema Corte entre a analizar a fondo el caso, pues de atraerlo y pronunciarse a favor de la no prescripción estaría sentando un precedente jurídico “histórico” en todo el país, que “cerraría por completo” la puerta en otros estados a que más agresores puedan alegar la caducidad del delito.

Por el momento, aunque este miércoles la decisión únicamente versará sobre si la Primera Sala de la Suprema Corte entra o no a la discusión del tema, el abogado dijo que por tratarse de un asunto “de extrema importancia” espera que la Corte lo atraiga y que, además, “lo eleve al Pleno de la Suprema Corte” para que los 11 ministros lo discutan ampliamente.

Incluso, Castillo dijo que también espera que la discusión del tema en la Corte también pueda servir para iniciar otra en el legislativo de Guanajuato, para que los diputados estatales revisen la pena máxima de dos años de cárcel en esta entidad por abuso sexual, cuando en otras entidades, como el Estado de México, se castiga hasta con 15 años.

“Una de nuestras intenciones es también modificar la pena para este delito. Queremos llevar el caso también hasta el Congreso del Estado”, recalcó el letrado en entrevista.

“El abuso sexual nunca prescribe en la mente del niño”

Madres, padres, y familiares de menores víctimas de abuso sexual dijeron a este medio que irán este miércoles a las inmediaciones de la Suprema Corte, en la Ciudad de México, para exigir a los ministros que atraigan el caso.

“Ojalá que la Suprema Corte atraiga el caso y vote a favor de la no prescripción de los abusos sexuales a menores”, apuntó en entrevista Carlos Alfonso Navarro, padre de un niño de ocho años que también denunció ser víctima de abuso sexual de Roberto ‘N’, quien actualmente se encuentra en paradero desconocido luego de que se girara otra orden de aprehensión en su contra por este caso.

“Si el abuso sexual no se olvida ni prescribe nunca en la mente de un niño, ¿por qué debería hacerlo el delito?”, cuestionó por su parte el señor Juan, padre de una menor que también denunció un caso de agresión sexual distinto.

“Este caso de Guanajuato significa mucho para muchos niños en todo el país porque se abre una puerta a que tengan justicia más allá del tiempo que pasó de la agresión”, agregó el padre de familia, que criticó que los jueces no entienden que, en muchos casos de violencia sexual, los menores pueden tardar años en verbalizar los abusos, y por eso le restan credibilidad a su testimonio.

“Este tipo de delitos no pueden prescribir nunca -hizo hincapié el hombre, que pidió proteger su identidad y la de su hija menor-. Los niños se tardan mucho en hablar porque es un proceso muy doloroso y complicado, y hay veces que hasta se mueren y no lo verbalizan por miedo. Por eso, este caso es una gran oportunidad”.

La psicóloga María del Rosario Alfaro, directora ejecutiva de la organización civil Guardianes, dijo que, en efecto, un mecanismo de defensa de las menores víctimas de abuso es tratar de olvidar lo sucedido, debido al dolor y al sufrimiento que les generan los recuerdos. De ahí que muchos menores puedan verbalizar los hechos hasta años después, algo que deberían de tener muy en cuenta los juzgadores que analizan este tipo de casos.

“Actualmente, las leyes en México están hechas de una forma no empática ni conectada con las necesidades de los menores víctimas de abuso”, criticó la psicóloga.

“Se tiende a minimizar todo lo relacionado con el abuso infantil; se ve como algo chiquito, cuando, si pusiéramos en el centro de todo el interés superior de los niños, nos daríamos cuanta de que esa es la etapa mas importante en el desarrollo de una persona porque se está estructurando su cerebro y se está formando su personalidad”.

De ahí, subrayó la psicóloga, la importancia de que se siente un precedente jurídico que evite que haya entidades donde el delito de abuso sexual infantil pueda quedar sin castigo.

 

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