El Congreso analiza una reforma para que los familiares de personas desaparecidas con empleo formal accedan a seguridad social y pensiones. Aunque la iniciativa busca evitar la revictimización, colectivos y expertos cuestionan su viabilidad jurídica y señalan fallas conceptuales
Texto: Laura Buconi
Isabel Briseño / Archivo
Pie de Página
3 dead diciembre del 2025
Ciudad de México
El Congreso analiza una reforma para que los familiares de personas desaparecidas que contaban con un empleo formal puedan acceder a derechos como seguridad social, servicios de salud y prestaciones para la vivienda.
Uno de los casos que motivaron la propuesta es el de un maestro que obtuvo un crédito hipotecario del Infonavit para su familia antes de ser desaparecido. “Infonavit ya ha requerido el pago en repetidas ocasiones y, al no recibirlo, la vivienda podría ser retirada en cualquier momento. Sus hijos se quedarían sin hogar; son tres niños que merecen que el dolor de perder a su padre no implique también perder su casa”, explica en entrevista la diputada Claudia Salas, de Movimiento Ciudadano, quien presentó la iniciativa junto con Claudia García, de Morena, el pasado 7 de octubre.
La iniciativa plantea modificaciones a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas y del Sistema Nacional de Búsqueda, así como a la Ley del Seguro Social, la Ley del ISSSTE y la Ley del Infonavit. Su objetivo, según el dictamen, es “eliminar la revictimización y ampliar los derechos de las familias de personas desaparecidas con empleo formal, garantizando en la práctica el acceso pleno a pensiones, vivienda y seguridad social”.
En particular, propone que la Declaración Especial de Ausencia funcione como un documento equivalente a un acta de defunción para efectos civiles, a fin de que los familiares puedan acceder a pensiones, atención médica y la liberación de créditos hipotecarios pendientes.
“De nada sirve que existan decenas de leyes si en la práctica las familias no son reconocidas como víctimas colaterales y siguen excluidas de sus derechos más básicos. Con esta iniciativa damos un paso firme para que ninguna familia quede en el limbo legal cuando enfrenta la desaparición de un ser querido”, subrayó la legisladora Salas.
Sin embargo, Salas afirmó en entrevista con Pie de Página que más del 50 % de las 115 000 personas registradas oficialmente como desaparecidas en el país contaban con empleo formal, cifra que no se menciona en la iniciativa y tampoco coincide con estudios y estadísticas que aproximan el porcentaje al 20 %. Jorge Verástegui, abogado, activista y familiar de desaparecidos, cuestionó la preparación de los legisladores sobre el tema y el posible impacto de la reforma.
Los familiares se quedan en un limbo
Cuando un familiar desaparece, “en automático se congela toda su situación económica debido a un vacío legal. No puede ser que una persona desaparezca y que sus hijos queden sin seguridad social, por ejemplo, para atender temas de salud. O tenía un crédito hipotecario en Infonavit, y su propiedad nunca va a ser liberada porque no hay una libertad de gravamen, como sí lo hay cuando hay un certificado de defunción”, denuncia la diputada.
Salas relata que ha acompañado a familias afectadas al intentar acceder a pensiones, servicios médicos o beneficios de vivienda. Menciona el caso de una madre buscadora con cáncer de mama cuyo hijo, desaparecido hace 15 años, contaba con seguro social. “Es casi imposible que vuelva a ver a su hijo; ojalá no fuera así, pero es la realidad. Entonces, ¿cómo es posible que esta mujer, además de buscarlo con picos y palas en fosas clandestinas, no pueda recibir atención médica a través del seguro de su hijo?”, lamenta. Para acceder a ese beneficio se le exigía un acta de defunción, documento que no existe en casos de desaparición.
Salas afirma que existen cientos de casos similares en el país, por lo que considera urgente la reforma.
El marco legal actual ya reconoce ciertos derechos para familiares de trabajadores desaparecidos. La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, en su artículo 146, fracción V, establece que los beneficiarios de una persona trabajadora desaparecida deben mantener el acceso a la seguridad social. La Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia contempla el mismo principio.Asimismo, la reforma a la Ley Federal del Trabajo obliga a los empleadores a preservar derechos de antigüedad y escalafón mediante una licencia sin goce de sueldo por hasta cinco años, lo que implica seguir cubriendo cuotas de seguridad social durante ese periodo.
Cinco años para acceder a afores
Gerardo Martínez, presidente de la Comisión de Seguridad Social y Laboral de la Federación Nacional de la Asociación Mexicana de Colegios de Contadores Públicos, subraya la ambigüedad del artículo 193 Bis de la Ley del Seguro Social, el cual establece que, una vez transcurridos cinco años, los beneficiarios pueden acudir al Seguro Social con la Declaración Especial de Ausencia para obtener un documento que les permita solicitar a la afore la devolución de los ahorros de la cuenta individual.
“Del análisis jurídico concluimos que la Ley del Seguro Social no otorga pensión a los beneficiarios de una persona trabajadora desaparecida”, señala.
Agrega: “¿Por qué se obliga a los empleadores a pagar cinco años de cuotas de seguridad social, si al final los beneficiarios quedan desprotegidos? En la práctica, sin un acta de defunción, la ley no reconoce el derecho a una pensión”.
Martínez explica que, ante esta situación, la Federación inició estudios junto con las diputadas Salas y Mercado Castro para identificar una vía que elimine el desamparo en que quedan las familias.
Cuenta que a partir de esta situación, la Federación Nacional de la Asociación Mexicana de Colegios de Contadores Públicos empezó a conducir estudios y análisis, con el apoyo de las diputadas Salas y Mercado Castro, para encontrar una solución práctica al desamparo que viven los familiares de víctimas de desaparición forzada.
“La reforma busca que la declaración especial de ausencia sea suficiente para que a estas personas se les otorgue una pensión en las mismas condiciones que se otorga la de viudez, la de orfandad y la de ascendencia”, explica Martínez. Añade que uno de los puntos medulares de la reforma es que esta no implicaría ningún desembolso adicional por parte del Estado, ya que los gastos ya están cubiertos por disposición de ley por los anteriores empleadores de las víctimas de desaparición.
“Se trata de una oportunidad para reconocer a las personas desaparecidas como sujetas de derecho, y asegurar que todas sus prestaciones económicas puedan también disfrutarlas y utilizarlas sus familiares y que sea un proceso muy sencillo el que se lleve ante la autoridad jurisdiccional para una declaración de ausencia que les permita iniciar un proceso para tener vigencia en todas sus prestaciones”, explica Salas, quien presentó la reforma junto con la diputada jalisciense Claudia García, de Morena, y se declara muy optimista en cuanto a su aprobación.
que porque ha ocurrido un traslado, no se cuenta con las pruebas necesarias, no se ha notificado a una parte. En un plazo de seis meses quizás no va a haber materia para dictar algo”.
Sobre que en la propuesta de reforma se habla de desaparición forzada, Verástegui recuerda que “una desaparición forzada en términos de la ley general es aquella que se comete directamente por agentes del Estado o por particulares con aquiescencia. El resto de desapariciones que no están siendo investigadas por eso o incluso aquellas que típicamente son desapariciones forzadas, pero el Ministerio Público las está investigando por secuestro, no gozarían de esos beneficios.”
Aunque reconoce la buena intención de la reforma, Verástegui considera que la propuesta carece de claridad jurídica y podría generar confusión: “Parece que quienes la impulsan no conocen a profundidad el tema. Es un revoltijo que, más que beneficiar, podría entorpecer lo que ya existe”.
Este es un texto original de Pie de Página, un medio independiente de Territorial-Alianza de Medios, de la cual formamos parte, y lo reproducimos con su autorización.















